ARTÍCULO 247. No deberá permitirse el llegada a los polvorines a personas que porten en ese momento cualquier substancia inflamable u objetos de metal. Para evitar que los dedos, el pelo o la ropa de los operarios sea atrapada, los rodillos de las prensas dispondrán de cubiertas que los https://enricod713sbi7.livebloggs.com/profile